La Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, resolvió confirmar la resolución N° 12 del veinte de diciembre de 2017, la misma que declara improcedente la solicitud de medida cautelar innovativa, solicitada por el Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, Florencio Percy Zeballos Zeballos, respecto al proceso de demarcación territorial entre Puno y Moquegua.
Al respecto el procurador de la Municipalidad Provincial de Puno, Santiago Molina Lazo, señaló que el miércoles recibieron la resolución N°19 emitido el 13 de febrero de 2018, y que la decisión adoptada, es a raíz de la ausencia de verosimilitud del derecho invocado. No pudieron acreditar adecuadamente su petitorio, agregó.
Con esta decisión la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM), debe implementar el informe final 045 que fue emitido por la secretaria del Viceministerio de Gobernanza Territorial y presentar una iniciativa legislativa para que se debata en el congreso y posteriormente iniciar ya con la demarcación territorial del tramo III, declaró.
Cabe indicar que una segunda instancia, nuevamente declara improcedente el expediente 00163-2017-97-2801-JM-CI-02, presentado por la Municipalidad de Mariscal Nieto, ante el Poder Judicial con el propósito de suspender de manera temporal el informe final de demarcación de los departamentos en mención de los tramos I y II emitido por la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT).
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