El Juzgado Mixto de Mariscal Nieto resolvió declarar improcedente la medida cautelar presentada por el procurador de la municipalidad de Mariscal Nieto, Florencio Percy Zeballos Zeballos, con el cuál nuevamente los tribunales moqueguanos dan la razón a Puno, en lo que respecta al proceso de demarcación territorial entre Puno y Moquegua.
El procurador de la Municipalidad de Puno, Santiago Molina Lazo, explicó que en este caso, el expediente 00163-2017-97-2801-JM-CI-02 presentado ante el Poder Judicial solicita suspender de manera temporal el informe final de demarcación de los departamentos en mención de los tramos I y II emitido por la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT), hoy Secretaria de Demarcación y Organización Territorial (SEDOT) que favorece a Puno, pues se considerada que existió una grave vulneración de los principios de legalidad.
Replicó que la comuna a la que representa Zeballos Zeballos, no fue convocada a las reuniones de la mesa de diálogo pese a ser miembro activo, también no se cumplió con el artículo 30 de la Ley 27795 de Demarcación Territorial.
Esta Norma establece que para zanjar límites interdepartamentales se debe tomar en cuenta las leyes de creación de circunscripciones y además los Estudios de Diagnóstico de Zonificación (EDZ) de provincias colindantes. Para elaborar el cuestionado informe solo se consideró el primer aspecto dijo Molina Lazo.
Insistió que el recurso legal no tuvo éxito debido a las constantes intervenciones que se vienen emprendiendo desde la comuna local, además que en todos los casos no existen fundamentos ni requisitos que puedan invalidar el proceso que ya está en marcha, el cual favorece a la región altiplánica.
Finalmente, indicó que se seguirá trabajando en el tema y consideró que este ya es un logro significativo, en el procedimiento de delimitación entre las regiones Puno y Moquegua.
El procurador de la Municipalidad de Puno, Santiago Molina Lazo, explicó que en este caso, el expediente 00163-2017-97-2801-JM-CI-02 presentado ante el Poder Judicial solicita suspender de manera temporal el informe final de demarcación de los departamentos en mención de los tramos I y II emitido por la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT), hoy Secretaria de Demarcación y Organización Territorial (SEDOT) que favorece a Puno, pues se considerada que existió una grave vulneración de los principios de legalidad.
Replicó que la comuna a la que representa Zeballos Zeballos, no fue convocada a las reuniones de la mesa de diálogo pese a ser miembro activo, también no se cumplió con el artículo 30 de la Ley 27795 de Demarcación Territorial.
Esta Norma establece que para zanjar límites interdepartamentales se debe tomar en cuenta las leyes de creación de circunscripciones y además los Estudios de Diagnóstico de Zonificación (EDZ) de provincias colindantes. Para elaborar el cuestionado informe solo se consideró el primer aspecto dijo Molina Lazo.
Insistió que el recurso legal no tuvo éxito debido a las constantes intervenciones que se vienen emprendiendo desde la comuna local, además que en todos los casos no existen fundamentos ni requisitos que puedan invalidar el proceso que ya está en marcha, el cual favorece a la región altiplánica.
Finalmente, indicó que se seguirá trabajando en el tema y consideró que este ya es un logro significativo, en el procedimiento de delimitación entre las regiones Puno y Moquegua.
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