De acuerdo al Decreto Supremo N° 004-2018-TR, las micro y pequeñas empresas (MYPES ) deberán acatar, desde este martes, el aumento del sueldo mínimo (de S/850 a S/930).
La norma, publicada el pasado 22 de marzo en el diario El Peruano, entrará en vigencia a partir de este 1 de mayo para las micro empresas y tiene como objetivo mejorar la capacidad adquisitiva de la población peruana.
De esta manera, esta alza del sueldo mínimo se suma a la del sector de la grande y mediana empresa, que está alineado a este incremento desde el pasado 1 de abril.
Con este incremento también aumentará el costo laboral de los trabajadores, cuyas remuneraciones se calculan sobre la base de la RMV (remuneración mínima vital), afirmó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano.
Para los trabajadores del régimen general que perciben remuneración mínima, la planilla anual es de 18.03 remuneraciones mínimas; en la pequeña empresa, de 16.22, y en la Mype, de 12.26 remuneraciones mínimas, agregó Zavala.(Peru21)
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