Un primer precedente en la venta de fragancias de equivalencia se estableció en el Perú luego de que el Indecopi pusiera fin a una batalla legal sostenida por la marca de perfumería Puig contra la sociedad Equivalenza 3.
El proceso culminó con un fallo que condena a la española Equivalenza y otras franquiciadas, que venden fragancias de equivalencia, por competencia desleal en la modalidad de explotación indebida de la reputación ajena.
De esta manera, el organismo prohibió a Equivalenza 3 el uso de las marcas Carolina Herrera, Paco Rabanne, Jean Paul Gaultier y dispuso el cese y futura promoción de productos mediante el uso de las marcas de Puig.
El Indecopi también estableció que Equivalenza cumpla con satisfacer las sanciones económicas y la indemnización correspondiente por las acciones señaladas.(Peru21)
No hay comentarios:
Publicar un comentario