Después de que la Corte Suprema de Justicia haya emitido una jurisprudencia que anula el fallo 1781-2005, que establecía la prohibición de reducir salarios de los trabajadores, el abogado Tirso Vargas Vargas, dijo que esta determinación jurídica afectaría en lo posterior a los intereses del empleador, siempre en cuando sea fundamentada con los antecedentes prescritos en la resolución.
Sostuvo que este veredicto no es nuevo en el derecho laboral, ya que la misma se aplica hace 20 años, vale decir que hace 2 décadas ya era posible reducir la remuneración de los empleados en las empresas privadas.
Una de las condiciones que cumple la disposición para reducir los salarios es que tanto el empleador y trabajador hayan agotado el consenso mutuo o mutuo acuerdo, donde la empresa justifique porque es necesario la rebaja. La empresa debe justificar que para que se cumpla con la norma debe haber una crisis financiera u otro es que sea temporal indicó.
Por otro lado, ante una paralización anunciada por los sindicatos que defienden los derechos del trabajador, dijo que será oportuna la marcha programada a manera de advertencia.
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