martes, 1 de octubre de 2019

El JNE decidirá si congresistas disueltos pueden volver a postular


Lucha de poderes. Luego de que el presidente de la República Martín Vizcarra anunció la disolución del Congreso y convocatoria a elecciones anticipadas, el Parlamento se declaró en sesión permanente y aprobó una moción de suspensión temporal del mandatario por 12 meses y procedió a juramentar a Mercedes Aráoz como nueva presidenta.

La suspensión temporal del cargo del presidente de la República está prevista en el artículo 114 del Constitución, pero se suponía por incapacidad física. El referido artículo precisa: “El ejercicio de la presidencia de la República se suspende por: 1) incapacidad temporal del presidente, declarada por el Congreso o 2) hallarse este sometido a proceso judicial conforme al artículo 117° de la Constitución”.

1.- ¿Cuán viable es la declaración de vacancia del presidente del Congreso por un Congreso destituido?

El abogado constitucionalista Pedro Grandez señala que en una situación límite como la actual es importante el factor tiempo para la publicación de la resolución que disuelve el Congreso o que suspende al presidente de la República.

“Se abre un escenario complejo, de bandos, de desazón. El día de mañana podríamos desayunarnos con dos normas de rango de ley publicadas en El Peruano, siendo que ambas podrían aniquilar al otro poder (Congreso al Gobierno y Gobierno al Congreso), precisó el abogado Martín Soto Florián.

Por esto, Grandez señalaba la necesidad de que el presidente Vizcarra publique cuanto antes, en una edición extraordinaria del diario El Peruano, la resolución que disuelve el Congreso. Con la publicación de esta norma, los congresistas ya no podían hacer nada y tampoco publicar sus propias resoluciones en el diario El Peruano.

Grandez considera que esta situación va a generar una discusión sobre la constitucionalidad de ambas decisiones, en lo que, más allá de lo que dice la Constitución, va a prevalecer la política y la calle será la que decida a quién apoya.

¿El presidente Vizcarra actuó dentro de la Constitución al disolver el Congreso? ¿El Parlamento puede aprobar una suspensión por incapacidad moral por 12 meses? La respuesta estará en los valores que defiende cada uno, no en la Constitución.

“Es una salida política, no exactamente constitucional. Lo importante es que el cierre del Congreso se da con una convocatoria a nuevas elecciones al Parlamento de la República, donde los ciudadanos podrán expresar su opinión con su voto”, precisó Pedro Grandez.

Anotó que esto no es una ruptura tradicional del Parlamento, donde el que lo hace busca perpetuarse en el poder. El presidente Vizcarra lo disuelve en busca de mejorar la democracia y preservar el Estado derecho.

El constitucionalista César Landa consideró que con la publicación de la resolución de disolución del Congreso la proclamación de Mercedes Aráoz como presidenta no tiene ningún valor legal.

Si ella intenta ejercer la presidencia de la República incurriría en delito de usurpación de funciones, que conlleva una pena de hasta seis años de cárcel efectiva. Lo mismo ocurriría con los ministros que ella intente nombrar.

2.- ¿Los congresistas del periodo 2016-2021, destituidos, pueden postular en las elecciones convocadas para el 26 de enero próximo?

Este es un tema que tendrá que dilucidar el JNE. El experto en procesos electorales, Fernando Tuesta Soldevilla considera que los congresistas electos para el periodo 2016-2021 no pueden volver a postular por la norma que prohíbe la reelección.

Aunque pueden sostener que estas no son nuevas elecciones propiamente dichas, pues de lo que se trata es de completar el periodo. Los congresistas que se elijan el próximo 26 de enero del 2020 completarán el periodo del Congreso disuelto, es decir su mandato es hasta el 28 de julio del 2021.

Claro está, ¿habrá quién vuelva a elegir a alguno de los actuales congresistas que han generado la crisis? ¿Los congresistas que llaman dictador a Martín Vizcarra y que consideran que su decisión es un golpe de Estado se presentarán a la nueva elección?

Si alguno de los congresistas disueltos se presentará como candidato a las elecciones de enero próximo, será el Jurado Nacional de Elecciones el que deberá evaluar las normas y decidir, en instancia definitiva, si lo pueden realizar.

3.- ¿Los congresistas destituidos podrán ser candidatos en las elecciones del 2021 para el Parlamento 2021-2026?

Nuevamente estamos a la interpretación del Jurado Nacional de Elecciones. Dado que los actuales congresistas fueron elegidos para el periodo 2016-2021, no están habilitados para postular al parlamento para el periodo 2021-2026, señala Tuesta.

Explicó que la idea de la no reelección es para los periodos de cinco años, por lo que si alguno de los actuales congresistas se postula para ese periodo, el JNE deberá decidir si procede su candidatura y puede ser electo.

PUEDES VER Mercedes Aráoz: ¿Habría presunto delito de usurpación de funciones tras asumir el cargo de presidenta?
Por ejemplo, si un congresista actual se inscribe como candidato del Apra para las elecciones parlamentarias del 2021, un ciudadano podrá tachar su postulación porque estaría presentándose a la reelección y el JNE resolverá.

Anoche, en una edición extraordinaria del diario oficial de El Peruano, se publicó la resolución suprema que disuelve el Congreso. En la misma norma se convoca a elecciones. “Convóquese a elecciones para un nuevo Congreso, para el día domingo, 26 de enero de 2020, para que complete el periodo constitucional del Congreso disuelto, incluida la Comisión Permanente”, precisa el artículo tres del decreto supremo.

A fines del 2018, mediante referéndum, se aprobó una Ley que prohíbe la reelección inmediata de los congresistas. Ahora será el momento que los partidos políticos escojan buenos candidatos.

Fuente: La República

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