El titular de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Puno, Oscar Aníbal Jiménez Chura, aclaró que no se tipifica como un delito la tala de árboles en mínimas cantidades, principalmente de la especie eucalipto, que se corta con motivo de algunas actividades carnavalescas para el desarrollo de las yunzadas.
“Lamentablemente no está normado penalmente, salvo que constituyera en una buena cantidad de árboles, sabemos también que no hay sanción administrativa”, indicó el fiscal.
Consideró que podría ser catalogado como una buena costumbre en el sentido de que no se tala indiscriminadamente para la comercialización. Finalmente, recordó que la tala de un árbol podría ser remplazado por la siembra de más árboles.
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