viernes, 6 de julio de 2018

Ministerio de Trabajo recuerda que pago de gratificaciones vence el 15 de julio


Este 15 de julio vence el plazo para que los empleadores cumplan con el pago de la gratificación por Fiestas Patrias en favor de sus trabajadores, y aunque este año esa fecha cae domingo, dicho plazo es impostergable, indicó hoy el viceministro de Trabajo, Ítalo Mórtola.

“El artículo 5 de la Ley sobre gratificaciones (Ley 27735) y su Reglamento (Decreto Supremo 005-2002-TR) disponen que el pago debe realizarse en la primera quincena de julio y que dicho plazo es impostergable para las partes, estableciendo un plazo máximo de depósito. Entonces, como este año el 15 de julio cae domingo, el pago debe realizarse dentro del plazo, es decir, si se realiza el lunes 16, dicho pago estaría fuera de fecha”, explicó.

Ítalo Mórtola detalló que si el trabajador ha laborado el semestre completo (enero-junio), la gratificación equivale a un sueldo, pero si el trabajador acumula un tiempo de servicios menor tendrá derecho a un pago proporcional a los meses completos laborados.

Adicionalmente, los trabajadores tienen derecho a percibir una bonificación extraordinaria equivalente al 9% de la gratificación, lo que se paga con ocasión de la inafectación de la gratificación al aporte a EsSalud. Asimismo, si el trabajador se encuentra afiliado a una EPS, la bonificación extraordinaria equivale al 6.75%.(Andina)

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